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Se terminaron las trabas para exportar granos, con límites para el trigo

Ayer se oficializó otra de las promesas de campaña de Mauricio Macri para el sector. A través de una resolución conjunta de los ministerios de Hacienda, Agroindustria y Producción, el Gobierno derogó la resolución 543 de la ex Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca) por la cual se habían puesto en marcha en mayo de 2008 los Registros de Operaciones de Exportación (ROE), que en la práctica trabaron el comercio principalmente de trigo, maíz, carnes y lácteos. Tal como informó El Cronista en sus ediciones del 16 y 22 de diciembre últimos, se restableció el sistema de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE), previsto en la Ley 21.453. Así las exportaciones de granos, oleaginosas y derivados deberán ser informadas ante la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (Ucesci, que reemplazó a la extinta Oncca). Ese organismo –o el que se defina en su reemplazo– ahora estará en la órbita del Ministerio de Agroindustria, que así retoma el control de los registros de exportaciones que con Guillermo Moreno habían quedado en manos de la secretaría de Comercio. El restablecido esquema de DJVE contempla algunos cambios respecto de los plazos para concretar los embarques informados previstos con anterioridad a los ROE. Así se estableció que las DJVE se podrán gestionar por 180 días, cuando hasta 2007 ese plazo se extendía a un año. Pero en el caso del trigo, sólo se podrán concretar DJVE con hasta 45 días de embarque corridos desde su registración. La medida se resolvió "hasta tanto se normalice el cambio de sistema en el mercado". Es que el mercado triguero fue el que más sufrió la intervención kirchnerista y se generó una distorsión de precios hacia el productor que aún no logró revertirse. El plazo limitado entre que se informa la venta externa y su concreción, dicen en Agroindustria, permitirá un seguimiento más "personalizado" mercado interno y externo. Salvo el trigo, el resto de los productos agrícolas, estén o no gravados con retenciones tendrán la opción de DJVE 45 días o DJVE 180. Para la soja y derivados, que siguen gravados con 30% y 27% de retenciones, la diferencia de la DJVE informada está dada en el momento en el que exportador debe pagar los derechos de exportación. Si opta por una DJVE 180, el trader tendrá que pagar "al menso el 90% de ese impuesto por adelantado", si elige la DJVE 45, el pago puede abonarse al momento de concretar el embarque. Ayer en la página web de la Ucesci, se informó la aprobación de los últimos 105 ROE verdes aprobados, con fecha 28 de diciembre.

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