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El Central fexibiliza giro de utilidades al exterior

 

 

El Directorio del Banco Central (BCRA) aprobó esta tarde una apertura del cepo cambiario para las empresas interesadas en girar utilidades al exterior al tipo de cambio ocial. Según la Comunicación "A" 6869, las empresas que ingresen dólares y los liquiden al tipo de cambio ocial en concepto de "aporte de capital" desde mañana, podrán volver a acceder al mercado cambiario para girar utilidades o dividendos.

La norma,sin embargo, establece dos límites: la empresa tendrá que esperar 30 días desde la liquidación en pesos de los aportes para volver a comprarlos dólares y, a la vez, sólo podrá girar el 30% del monto ingresado.

Desde que se impuso el cepo cambiario, las empresas tenían vedado el acceso al mercado ocial para girar dividendos en moneda extranjera. Por ello, muchas compañías venían haciendo tanto los aportes de capital como el envío de remesas mediante el contado con liquidación.

Así lo explicó al Cronista Comercial Francisco Molina Portela, abogado del estudio Tavarone Rovelli Salim & Miani: "Esta norma exibiliza la restricción y dice que las empresas locales podrán distribuir dividendos por hasta el 30% de los nuevos aportes de inversión extranjera en argentina que hayan sido liquidados a partir de mañana". 

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