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Sancionarán a empresas que no produzcan al “más alto grado de su capacidad instalada”

 

La Secretaría de Comercio Interior resolvió hoy intimar a las grandes empresas de los sectores de comercio e industria a fabricar, distribuir y comercializar al máximo de su capacidad instalada mientras persista la emergencia sanitaria.

 

El objetivo de la norma, explicaron, “es prevenir, en el contexto de recrudecimiento de la pandemia por Covid-19, una reducción injustificada en la oferta de productos para el mercado interno”.

A través de la Resolución Nº330/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, la intimación abarca desde la provisión de insumos hasta los bienes finales, el transporte, la distribución y comercialización.

La medida rige para aquellas compañías del sector industrial que facturen más de $3.955.200.000 por año y las del sector comercial que registren una facturación anual superior a $3.698.270.000, de acuerdo a lo establecido por la Res. SEPYME 220/2019 y sus modificatorias.

La Secretaría de Comercio Interior tomó esta medida luego de advertir la existencia de situaciones de escasez de insumos y bienes finales que son particularmente perjudiciales en la coyuntura de emergencia sanitaria. 

Con esta intimación a incrementar la producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y asegurar el transporte, la distribución y comercialización, se busca resguardar el interés económico general y evitar situaciones de desabastecimiento que puedan perjudicar a las y los consumidores.

El incumplimiento de la presente resolución hará que las empresas infractoras puedan recibir sanciones previstas en la Ley de Abastecimiento (N° 20.680).

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