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Diputados aprobó y giró al Senado baja de gas para zonas frías

 

La Cámara de Diputados dio media sanción este jueves al proyecto que reduce las tarifas de gas en las denominadas "zonas frías" del país, con 190 votos a favor, 16 en contra y 43 abstenciónes.

La iniciativa, impulsada por Máximo Kirchner y redactada entre otros diputados por Liliana Schwindt, prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas y amplía el régimen abarcando localidades de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta, Córdoba, La Rioja, Salta, Tucumán y Catamarca, además de cincuenta municipios de la provincia de Buenos Aires con clima frío o templado-frío.

Los habitantes de zonas con temperaturas muy bajas en el invierno tendrán una disminución del 30% y 50% sobre las facturas de gas, de acuerdo a la situación económica de cada sector.

Al abrir el debate como miembro informante del oficialismo, el titular de la comisión de Energía y Combustibles, Omar Chafi Félix, celebró el tratamiento del proyecto de Zonas frías, al afirmar que “para muchos las tarifas de servicios públicos fueron teniendo un aumento enorme, mientras los niveles de ingresos de los argentinos fueron perdiendo su capacidad y eso provocó un gran desfasaje”.

Los usuarios que tendrán una reducción de la mitad de la tarifa son los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo, de pensiones no contributivas y jubilados de hasta 4 salarios mínimos, del monotributo social, usuarios que perciben seguro de desempleo y empleados de casas particulares.

También podrán tener este beneficio quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

La financiación estará a cargo del Fondo Fiduciario establecido por la ley 25.565, y que se compone por un recargo sobre el precio del gas natural en punto de ingreso al sistema de transporte, que se aplicará a la totalidad de los metros cúbicos que se consuman y/o comercialicen por redes o ductos en el Territorio Nacional cualquiera fuera el uso o utilización final del mismo, por lo que no tiene impacto fiscal.

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