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La CVN limita operaciones de empresas extranjeras

octubre 11, 2023

a Comisión Nacional de Valores (CNV) limitó la operación de compra de dólar financiero para empresas extranjeras. Así se desprende la Resolución General 981 publicada hoy en el Boletín Oficial que estableció un cupo máximo de operación de $100 millones diarios y la obligación de informar cinco días antes de realizar cualquier operación. Además, ordena que los agentes de liquidación y compensación (ALyC) comuniquen cuando una empresa con fondos propios opera más de $200 millones diarios.

En los considerandos de la normativa se sostiene que el Gobierno “estableció un conjunto de disposiciones con la finalidad de regular con mayor intensidad el régimen de cambios”. El fin, se argumenta, es “reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”.

El fundador y CEO de Cocos Capital Ariel Sbdar consideró tendrá impacto directo en la cotización del contado con liquidación (CCL). Se trata de la principal herramienta con la que cuentan las empresas e inversionistas para adquirir divisas y sacarlas legalmente del país. “Pulveriza la demanda. Hay que ver a donde se vuelcan todos esos pesos”, señaló en una comunicación que mantuvo en X con sus seguidores para explicar la resolución. En ese sentido recalcó que hay que seguir de cerca qué pasa con los bonos y las acciones.

La resolución de la CNV se produce en el contexto de crisis cambiaria con el dólar blue que perforó los $1000 ayer y el Banco Central inyectando dólares para tratar de contener a los tipos de cambio financieros, con el agravante de la escasez de reservas. El dólar MEP cotiza, por caso a $844, con el “subsidio” del Gobierno y el CCL a $892.

Las personas humanas con residencia en el país quedan fuera de las restricciones, superen o no los montos límites fijados por la nueva norma.

Así los inversores extranjeros, tanto empresas como personas humanas que no son agentes de valores y operan con clave de identificación, clave de inversores del exterior, solo podrán operar por cuenta propia y con fondos propios. Deben informar al intermediario local (por ejemplo, sociedad de bolsa) que van a realizar esas operaciones con cinco días hábiles de anticipación y podrán operar hasta 100 millones de pesos diarios. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios a la CNV.

Los inversores locales –que poseen CUIT- y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán operar sin límite, pero deberán avisar con 5 (cinco) días hábiles de anticipación si el monto es mayor a 200 millones de pesos diarios.

INFO COMERCIAL:

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