El Gobierno confirmó que los consumos con tarjeta de crédito en dólares y gastos en el exterior realizados antes del 13 de diciembre y con cierres de tarjeta posteriores al 14 del corriente mes pagarán impuestos por un 60%. Así, evitó que quienes tuvieran consumos en moneda extranjera en sus resúmenes se vieran obligados a pagar un dólar de $1.321 más 155% de impuestos que rigieron hasta la suba del dólar oficial.
La decisión que había sido adelantada la semana pasada fue oficializada este lunes por la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5465/2023.
“Establecer que las percepciones que deban practicarse de conformidad con la Resolución General Nº 4.815, sus modificatorias y sus complementarias sobre las operaciones comprendidas en los incisos b), c), d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al día 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del TREINTA POR CIENTO (30%) establecida en el segundo párrafo del artículo 5° de la citada resolución general”, precisa la normativa publicada esta madrugada en el Boletín Oficial.
“Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su dictado y resultarán de aplicación para las liquidaciones de tarjetas de crédito cuya fecha de cierre sea igual o posterior al 14 de diciembre de 2023″, agrega el artículo 2° del texto que lleva la firma de la titular de la AFIP, Florencia Lucila Misrahi.