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Frigoríficos: habrá un estándar sanitario único nacional

diciembre 28, 2023

El artículo 228 de la ley ómnibus enviada al Congreso establece que el Poder Ejecutivo Nacional reglamentará en todo el territorio nacional “la habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenan animales, o se elaboran o depositan productos de origen animal. Este régimen comprenderá los requisitos de construcción e ingeniería sanitaria, los aspectos higiénicos, sanitarios y ambientales de elaboración, industrialización y transporte de las carnes, productos, subproductos y derivados de origen animal destinados al consumo en cualquier parte del territorio del país o a la exportación”.

Este apartado atiende a un histórico reclamo de los frigoríficos exportadores de carne vacuna, que siempre pidieron un único estándar sanitario a nivel nacional. Y al mismo tiempo les quita a las provincias la posibilidad de permitir el funcionamiento de establecimientos, en el ámbito de sus distritos, solo dedicados al consumo interno, con menos ex

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