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Hasta marzo se aplicará la movilidad jubilatoria, después la inflación

enero 22, 2024

El Gobierno dispuso introducir una modificación en la fórmula de movilidad jubilatoria respecto del texto original de la Ley ómnibus enviada al Congreso Nacional. De este modo, la fórmula actual seguirá hasta abril y luego los haberes se ajustarán por el índice de precios al consumidor (IPC).

Según informó el Ejecutivo, “el Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”.

“En marzo de 2024, se realizará el ajuste trimestral de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N 24.241 en base al índice de movilidad dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 24.241. A partir de abril de 2024, el índice de movilidad se obtendrá mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes”, expresó.

“La inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec)”, afirmó.

En el artículo 106 indica que “sustitúyase, a partir del 1° de abril de 2024, el artículo 32 de la Ley N° 24.241, el que quedará redactado como sigue: “ARTÍCULO 32. Movilidad de las prestaciones. Las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la presente serán móviles”.

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