La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este jueves la extensión hasta el 27 de enero, inclusive, el plazo para que los monotributistas realicen su recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022. El organismo lo dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, que será publicada en el Boletín Oficial.
El 1 de este mes comenzaron a regir las nuevas escalas. Es por ello que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.
«Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización», explicaron.
En el caso de los monotributistas que mantengan la misma categoría «no deberán efectuar ninguna acción». Lo mismo ocurre en aquellos casos en que hubieran transcurrido menos de 6 meses de la inscripción.